Punto del Mes
Febrero 2001
Incrementan Niveles de Ingresos Económicos para Medi-Cal
A partir de Enero 1, 2001, miles más de Californianos calificarán para cobertura de seguro médico de salud bajo Medi-Cal, la versión de Medicaid en California.
Para calificar usted debe:
Estar incapacitado o ser mayor de 65 años de edad. Esto no ha cambiado.
Tener propiedad no-exenta valuada a menos de $2000, para personas solteras, o $3000 por parejas casadas si los dos estan aplicando para beneficios. Esto tampoco ha cambiado. La propiedad que no es tomada en cuenta (quiere decir exenta) incluye su casa, un auto, su propiedad personal (ropa, muebles, etc.), propiedad que usted necesite para su trabajo, algunos seguros de vida y pagos de funeral pre-pagados.
Cuáles son los "ingresos contables"?
El cálculo puede ser un tanto complicado, dependiendo del tipo de ingreso económico,o la situación familiar. Si por ejemplo usted trabaja, más de la mitad de esos ingresos no son tomados en consideración para calificarle; y $20 en interés de cualquier otro ingreso "no trabajado" (como interés recibido de cuentas de banco, inversiones, anualidades, etc.) tampoco cuenta. Usted puede también restar de sus ingresos la cantidad necesaria para proveer necesidades básicas a otros miembros de su familia. Para saber si usted califica comuniquese con la oficina de Medi-Cal en su condado. Personas mayores de 60 años residentes en el norte de California, también pueden comunicarse con la Línea de Asistencia Legal Para Personas Mayores y recibir análisis de la situación.
Otro cambio que también ayuda:
Si se asegura con un HMO para su Medicare o compra otro tipo de seguro de salud privado (como por ejemplo, dental), usted podría descontar el costo de sus ingresos y así entonces calificar para Medi-Cal.
California tiene a "buy_in" programa bajo el cual el estado puede pagar sus premios de seguro de enfermedad y los premios de HMO. Esto puede ayudar alguna gente, especialmente esos con altos costos de las medicinas recetadas.
- Llame la Línea de Asistencia Legal para Personas Mayores para la ayuda en la determinación de si una de estas opciones puede ayudarle.
Aún existe un gran problema:
He aquí otra información relacionada:
Si sus bienes no exentos tienen un valor un tanto mayor que los límites permitidos, usted podría aún calificar para un programa que existe y que puede pagar por la quota de Medicare parte B y tal vez otros costos.
Las reglas de Medi-Cal en cuanto a casas de cuidado no han cambiado, y son bastante diferentes a lo explicado anteriormente.
- Para más información en estos temas, comuniquese con la Línea de Asistencia Legal Para Personas Mayores.
Para aplicar para Medi-Cal, por favor comuniquese con las oficinas de servicios sociales de su condado.
Si usted es mayor de 60 años y reside en California, puede recibir asesoria legal gratuita sobre si califica o si debe aplicar para Medi-Cal, comunicandose con la Línea de Asistencia Legal para Personas Mayores. También puede hacer preguntas sobre cualquier otro tema legal. Llamenos o envíe su pregunta vía correo electrónico.